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SON PARIENTES LEJANOS
Hoy 16:30hs
La Justicia definió a los herederos de los bienes del femicida Ricardo Barreda
La Justicia definió a los herederos de los bienes del femicida Ricardo Barreda
El domingo 15 de noviembre de 1992, el odontólogo Ricardo Barrera masacró a tiros a su mujer, a su suegra y a sus dos hijas en la casona de dos plantas ubicada en la calle 48, entre 11 y 12, del centro de La Plata.
El caso Barreda, quizá uno de los más impactantes de todos los tiempos, en las últimas horas tuvo novedades: la Justicia de La Plata se expidió sobre la sucesión de los bienes y propiedades del cuádruple homicida, condenado a prisión perpetua. El trámite se llevó a cabo ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 17, que esta semana dio a conocer una declaratoria de herederos. La resolución llevó la firma de su titular, la jueza Sandra Nilda Grahl.

A diferencia de otros litigios similares, en este caso, los “legítimos” herederos de los mentados “bienes de familia” son parientes lejanos del condenado y de las víctimas. De hecho, en el expediente quedó plasmado que hubo varios familiares que no se presentaron a reclamar, como la línea parental ligada a las abuelas. De allí que los derechos de representación y renuncia influyeron en la composición final de los herederos, según se informó en los tribunales.

En un tramo del resolutorio, Grahl tuvo en cuenta “particularidades únicas”, como la simultaneidad de los fallecimientos y la aplicación del Código Civil de 1980, vigente al momento del caso.

En rigor, la jueza ponderó la llamada teoría de la conmoriencia, que supone que todas las víctimas fallecieron al mismo tiempo. De ese modo, se deniega todo derecho hereditario entre ellos. Vale aclarar que Barreda ya había sido declarado, en vida, “indigno” de heredar cualquier bien de su esposa, hijas o suegra, dejando al resto de los familiares la posibilidad de reclamar.

Asimismo, como Adriana y Cecilia Barreda, las hijas de Barreda, no poseían descendencia al momento de sus homicidios, entonces sus bienes se distribuyeron entre sus tías abuelas, quienes inicialmente figuraban como herederas directas.



Vale recordar que Barreda, fallecido en 2020, cuando estuvo a punto de salir del presidio, estando en libertad condicional, había intentado reclamar por la casona de 48 donde el 15 de noviembre de 1992 masacró a su familia. Eso llevó a que se impulsaran ciertos movimientos y presentaciones en la causa civil a los fines del trámite sucesorio.

Además, en 2012, la Legislatura bonaerense sancionó la Ley 14.431, que ordenó el proceso expropiatorio. Si bien el trámite inició en 2017, las actuaciones no han tenido otros movimientos. En un momento se propuso en debates legislativos que la casona pase a formar parte del patrimonio edilicio de la ciudad, con un claro mensaje contra la violencia de género. No obstante, eso no llegó a concretarse, así como los denominados herederos legítimos tampoco han recibido compensación alguna por su expropiación.
 
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